El Servicio de Impuestos Internos emitió hoy las tarifas de millaje estándar opcionales de 2023 que se utilizan para calcular los costos deducibles de operar un automóvil con fines comerciales, caritativos, médicos o de mudanza.

A partir del 1 de enero de 2023, las tarifas de millaje estándar para el uso de un automóvil (también camionetas, camionetas o camionetas) serán:

  • 65,5 centavos por milla conducida para uso comercial, 3 centavos más que el aumento de mitad de año que establece la tarifa para la segunda mitad de 2022.
  • 22 centavos por milla conducida con fines médicos o de mudanza para miembros calificados en servicio activo de las Fuerzas Armadas, en consonancia con el aumento de la tasa de mitad de año establecida para la segunda mitad de 2022.
  • 14 centavos por milla recorrida en servicio de organizaciones benéficas; la tarifa está establecida por ley y permanece sin cambios desde 2022.

Estas tarifas se aplican a los automóviles eléctricos e híbridos-eléctricos, así como a los vehículos a gasolina y diésel.

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La tarifa estándar por milla para uso comercial se basa en un estudio anual de los costos fijos y variables de operar un automóvil. La tarifa para fines médicos y de mudanza se basa en los costos variables.

Fuente: IRS

https://www.irs.gov/newsroom/irs-issues-standard-mileage-rates-for-2023-business-use-increases-3-cents-per-mile

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